Todos los aceites, naturalmente, deberán tener unas condiciones organolépticas adecuadas y un sabor, olor y color, correctos para tener la denominación de Virgen y ser aptos para el consumo, sin ninguna otra manipulación física y por supuesto menos aun química.
Estos son los aceites que pueden y deben denominarse como PURO ZUMO DE OLIVA.